Según se indica en el artÃculo 7 de la norma publicada este viernes en el BoletÃn Oficial, deberán permanecer aisladas las siguientes personas:
- Quienes revistan la condición de “casos sospechosos†según la definición de la autoridad sanitaria nacional, hasta tanto se realice el diagnóstico confirmatorio o resultado negativo.
- Quienes revistan la condición de “casos confirmados†según la definición de la autoridad sanitaria nacional, por el plazo de 10 dÃas desde la fecha de inicio de sÃntomas o del diagnóstico, en casos asintomáticos.
- Quienes no estén alcanzados por los dos primeros casos y revistan la condición de “contacto estrechoâ€, según los define la autoridad sanitaria nacional, por un plazo de 10 dÃas, que podrá ser reducido a siete dÃas en caso de contar con test de PCR negativo.
- Quienes arriben al paÃs desde el exterior, cuando no cuenten con esquema de vacunación completo o cuando no hayan transcurrido 14 dÃas desde que hayan completado su esquema de vacunación, por el plazo de 10 dÃas, contados desde la fecha de toma de muestra de la PCR realizada dentro de las 72 horas previas al viaje.
